
Después de que el Ejecutivo oficializó la ley que permite a los trabajadores acceder al 100% de sus fondos de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), el que menos se pregunta desde cuándo y cómo solicitar el desembolso. A continuación, lo que debes saber. Antes te precisamos que la Ley 32322 es una medida extraordinaria que estará vigente hasta 2026.

¿QUÉ DICE LA LEY?
“Se autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2026, a los trabajadores, comprendidos en los alcances del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el Decreto Supremo 001-97-TR, a disponer libremente del 100% de los depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición”, indica la norma.
No sólo ello, también modifica el artículo 42 del D.L. 650, de modo que “el trabajador podrá efectuar retiros parciales de libre disposición con cargo a su depósito CTS e intereses acumulados siempre que no exceda del 50% de los mismos”.
Además, en caso de que un trabajador sea diagnosticado con una enfermedad terminal o cáncer, que deberá acreditarlo ante su empleador, podrá efectuar el retiro del 100% de su depósito CTS e intereses acumulados en cualquier momento.

¿DESDE CUÁNDO Y CÓMO SE PODRÁ RETIRAR LA CTS?
Si eres de los trabajadores que ya está pensando en retirar su CTS, aún no podrás hacerlo, toda vez que el Ministerio de Trabajo deberá primero publicar el reglamento, el cual será dado en un plazo de hasta 30 días calendario.
Una vez que este se dé a conocer, mediante una publicación oficial, el retiro se haría efectivo al día siguiente. Por lo tanto, a partir del 9 de junio ya podría efectuarse.
Cabe precisar que el cálculo del monto se efectuará a la fecha en que la persona solicita disponer de sus fondos.

¿QUÉ CANTIDAD DE VECES SE PUEDE RETIRAR LA CTS?
Dependerá del trabajador, ya que según la ley, podrán retirar su CTS en una sola operación o las veces que deseen hasta que se agoten sus fondos. No olviden que tiene hasta el 31 de diciembre de 2026 para hacerlo.
DATOS IMPORTANTES QUE DEBES SABER:
- La Compensación por Tiempo de Servicios se deposita dos veces al año: la primera en mayo y la segunda en noviembre. En ambos casos, los empleadores tienen plazo hasta el 15 de esos meses como fecha límite.
- Si el empleador no cumple con el depósito respectivo, cometerá una infracción grave, por lo que será multada. El monto variará de acuerdo con el régimen laboral en el que se encuentren y el número de trabajadores afectados.